Toluca, Estado de México, 18 de julio de 2020. A casi dos semanas de la reapertura de actividades de giros de bajo impacto, industria manufacturera y servicios personales en territorio mexiquense, la Secretaría de Salud estatal, a través de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (Coprisem), ha realizado 126 visitas de verificación a establecimientos comerciales de diversos giros.
Durante esta tarea, han privilegiado las acciones de fomento sanitario en los comercios, principalmente restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas, restaurantes-bar y hoteles, a efecto de que cumplan con el aforo permitido de sólo 30 por ciento, los horarios establecidos y los protocolos de sanidad, como uso de cubrebocas, caretas, lavado constante de manos, contar con dispensadores de gel antibacterial y respetar la sana distancia, entre otros.
El personal sanitario también ha brindado orientación a los comercios sobre lo que señala el “Acuerdo por el que se establece el Plan para el Regreso Seguro a las Actividades Económicas, Sociales, Gubernamentales y Educativas con motivo del Virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de México”, que se publicó el pasado 6 de julio en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Entre los municipios donde se han intensificado estas acciones destacan Toluca y Metepec, así como Ecatepec, Nezahualcóyotl, Cuautitlán Izcalli, Chimalhuacán y Texcoco, además de San Martín de las Pirámides, Tenancingo, Tecámac, Zumpango, Xonacatlán, Atlacomulco e Ixtlahuaca.
Derivado de estas acciones de vigilancia sanitaria, la Coprisem colocó sellos de suspensión a cuatro establecimientos en los municipios de Ecatepec, Tenancingo y Toluca, porque no cumplían con las condiciones higiénico-sanitarias que exige la norma, además de carecer de la documentación que acredite su legal funcionamiento, por no tener su constancia de fumigación y también por no presentar evidencias de capacitación a su personal.
Por estos hechos se iniciaron los procedimientos jurídico-administrativos correspondientes a efecto de determinar la sanción que amerite la falta cometida que podría llegar hasta la clausura y multa por 10 mil UMAS (Unidad de Medida y Actualización).